Micelio

Artículo 5

Las Juntas Atenderán A Sus Gastos Con Los Fondos Provenientes Del Patrimonio Ejidal Que Van A Manejar

Decreto 3101 de 1953 · Por el cual se dan unas autorizaciones a los Alcaldes sobre disposición y administración de ejidos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las juntas atenderán a sus gastos con los fondos provenientes del patrimonio ejidal que van a manejar. Los presupuestos correspondientes deberán ser aprobados por los respectivos alcaldes e incorporados a los ordinarios de los municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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