Micelio

Artículo 2

Para Efecto Del Pago De Los Derechos De Funcionamiento De Que Trata El Artículo Anterior, Los Servicios De Radiocomunicaciones Se Clasifican Así: 1

Decreto 538 de 1975 · Por el cual se deroga el Decreto número 2476 de 1963 y se establecen los derechos que deben pagarse al Tesoro Nacional por concepto de la utilización de frecuencias radioeléctricas en los servicios de radiocomunicaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para efecto del pago de los derechos de funcionamiento de que trata el artículo anterior, los servicios de radiocomunicaciones se clasifican así

1.

Estaciones de radiodifusión en ondas hectométricas

2.

Estaciones de radiodifusión tropical

3.

Estaciones de radiodifusión Internacional

4.

Estaciones de radiodifusión en Frecuencia Modulada

5.

Estaciones de radiocomunicaciones auxiliares del servicio de radiodifusión

6.

Estaciones para el servicio de radiocomunicaciones privadas

7.

Estaciones para el servicio de radiocomunicaciones públicas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 538 de 1975