º Para efectos del presente Decreto se entiende por Servicio Social la práctica con la comunidad que deben realizar los estudiantes de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional, como aplicación de los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario. Dicha práctica consistirá en actividades de alfabetización, post alfabetización, educación básica primaria para jóvenes y adultos y cualesquiera otras de beneficio comunitario. También forma parte del Servicio Social la educación preventiva en salud dentro de la cual se consideran enmarcadas las actividades propias del Frente Social Juvenil para la Supervivencia y Desarrollo de al Infancia establecido mediante el Decreto 534 de 1985.
Decreto 891 de 1986 →Vigente
Artículo 1
Para Efectos Del Presente Decreto Se Entiende Por Servicio Social La Práctica Con La Comunidad Que Deben Realizar Los Estudiantes De Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional, Como Aplicación De Los Conocimientos Adquiridos A Lo Largo Del Proceso Educativo Y En Procura Del Desarrollo Personal Y Comunitario
Decreto 891 de 1986 · Por el cual se organiza el Servicio Social de los alumnos de los Institutos Docentes Públicos y Privados y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.