Micelio

Artículo 4

En Caso De Que El Empleado Fallezca Sin Determinar La Persona O Personas Que Hayan De Recibir El Valor Del Seguro Se Dará Aplicación A Lo Establecido En El Título 2° Del Libro Iii Del C

Decreto 1639 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 71 de 1945

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En caso de que el empleado fallezca sin determinar la persona o personas que hayan de recibir el valor del seguro se dará aplicación a lo establecido en el Título 2° del Libro III del C. Civil (reglas relativas a la sucesión intestada) y las leyes que lo adicionen y reformen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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