° En caso de que el empleado fallezca sin determinar la persona o personas que hayan de recibir el valor del seguro se dará aplicación a lo establecido en el Título 2° del Libro III del C. Civil (reglas relativas a la sucesión intestada) y las leyes que lo adicionen y reformen.
Decreto 1639 de 1946 →Vigente
Artículo 4
En Caso De Que El Empleado Fallezca Sin Determinar La Persona O Personas Que Hayan De Recibir El Valor Del Seguro Se Dará Aplicación A Lo Establecido En El Título 2° Del Libro Iii Del C
Decreto 1639 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 71 de 1945
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.