Micelio

Artículo 2.2.2.7.4

Fomento De Negociaciones Fundamentadas E Informadas

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fomento de negociaciones fundamentadas e informadas. Se deberá facilitar el intercambio de información pertinente, necesaria y proporcional para negociar con conocimiento de causa y entablar una discusión fundada con sujeción a las reservas legales aplicables. Con este objeto:

1.

A petición motivada, el empleador pondrá a disposición información agregada o anonimizada, cuando sea del caso, sobre la situación económica, de reque­rirse, de la empresa en su conjunto, en la medida estrictamente necesaria para la negociación. Cuando la divulgación pueda perjudicar intereses estratégicos o comprometer secretos empresariales o datos protegidos, su entrega quedará condicionada a acuerdo de confidencialidad, uso exclusivo para la negociación y limitaciones de copia y difusión. La negativa total o parcial deberá ser motivada por escrito.

2.

Las autoridades competentes pondrán a disposición de las partes, por medios públicos y de acceso abierto, la información estadística y documentos que obren en su poder sobre la situación ·económica y social del país, la rama o sector de actividad, la región o el grupo empresarial, en lo no sometido a reserva legal.

Parágrafo 1

La información se entregará en formato razonable dentro de los plazos acordados en el cronograma de negociación, sin que ello altere las etapas ni términos previstos en la ley.

Parágrafo 2

Las diferencias sobre alcance, pertinencia o confidencialidad de la información serán conocidas por una comisión paritaria, sin suspender los términos legales del arreglo directo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1072 de 2015