Articulo 11. Composición de la Junta Directiva. La junta Directiva estará integrada por seis (6) miembros, así
El Ministro de Trabajo y seguridad Social, o su delegado
El Ministro de Salud o su delegado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado
El Jefe del Departamento administrativo del Servicio Civil 5 Un (1) representante de los Servidores Oficiales que sean afiliados forzosos de la Caja o su suplente 6. Un (1) representante de los pensionados o su suplente Presidirá la Junta Directiva el Ministro de Trabajo y Seguridad Social y en ausencia de éste el Ministro de Salud. En ausencia de los anteriores el delegado del Ministro de Trabajo o el de Salud, también en su orden.
I El Director General de la Caja solo tendrá voz en las deliberaciones de la Junta Directiva
II. Será Secretario de la Junta Directiva el Secretario General de la Caja cuando éste faltare será el empleado que designe el Director General.
III. Los representantes de los servidores oficiales y pensionados serán designados por el Presidente de la República
IV. Los jefes de la Unidades Administrativas y demás funcionarios de la Caja, solo podrán asistir a las sesiones cuando sean citados por la Junta