Micelio

Artículo 14

Procuraduría Delegada Para La Vigilancia Administrativa: Vigilar La Conducta De Los Empleados Oficiales, Con Ex­cepción De Los Pertenecientes A La Rama Jurisdiccional Y Al Ministerio Público; Cuidar De Que Desempeñen Cumplida­mente Sus Deberes Y Aplicarles, Bajo La Dirección Del Procurador General, Las Sanciones A Que Hubiere Lugar

Decreto 521 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa: Vigilar la conducta de los empleados oficiales, con ex­cepción de los pertenecientes a la Rama Jurisdiccional y al Ministerio Público; cuidar de que desempeñen cumplida­mente sus deberes y aplicarles, bajo la dirección del Procurador General, las sanciones a que hubiere lugar. Además, supervigilar el cumplimiento de las disposiciones sobre el derecho de petición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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