°. El Ministerio de Educación Nacional adoptará los criterios y procedimientos generales que deben tener en cuenta los departamentos y distritos y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, al momento de evaluar las respectivas obras, entre los que necesariamente deberá contemplar aspectos relacionados con la orientación, la adecuación, la calidad científica y pedagógica, la organización, el lenguaje utilizado y la presentación de la obra.
Artículo 5
El Ministerio De Educación Nacional Adoptará Los Criterios Y Procedimientos Generales Que Deben Tener En Cuenta Los Departamentos Y Distritos Y El Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes, Al Momento De Evaluar Las Respectivas Obras, Entre Los Que Necesariamente Deberá Contemplar Aspectos Relacionados Con La Orientación, La Adecuación, La Calidad Científica Y Pedagógica, La Organización, El Lenguaje Utilizado Y La Presentación De La Obra
Decreto 385 de 1998 · por el cual se establecen disposiciones para la aceptación y evaluación de las obras de que trata el artículo 42 del Decreto-ley 2277 de 1979.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.