°. El Patronato Nacional "Antonio Nariño" tendrá como principales funciones las siguientes: propender por la adquisición de fondos por todos los medios a su alcance con el fin de introducir reformas en los establecimientos carcelarios y dotarlos de equipos industriales para que tales establecimientos se conviertan en escuelas de trabajo y readaptación social; visitar frecuentemente tanto los establecimientos penitenciarios y carcelarios como las familias de los presos y las víctimas de éstos, procurando el remedio de sus necesidades espirituales y materiales; velar porque se mantengan las relaciones entre el preso y sus familiares y porque éstos no queden en desamparo; facilitar la reincorporación del penado al seno de la sociedad; intervenir para que el suministro de raciones se haga en las mejores condiciones y, en cuanto sea posible; hacerse directamente "cargo del mismo; y las demás que el Gobierno o los reglamentos del Patronato le señalen.
Artículo 4
El Patronato Nacional "antonio Nariño" Tendrá Como Principales Funciones Las Siguientes: Propender Por La Adquisición De Fondos Por Todos Los Medios A Su Alcance Con El Fin De Introducir Reformas En Los Establecimientos Carcelarios Y Dotarlos De Equipos Industriales Para Que Tales Establecimientos Se Conviertan En Escuelas De Trabajo Y Readaptación Social; Visitar Frecuentemente Tanto Los Establecimientos Penitenciarios Y Carcelarios Como Las Familias De Los Presos Y Las Víctimas De Éstos, Procurando El Remedio De Sus Necesidades Espirituales Y Materiales; Velar Porque Se Mantengan Las Relaciones Entre El Preso Y Sus Familiares Y Porque Éstos No Queden En Desamparo; Facilitar La Reincorporación Del Penado Al Seno De La Sociedad; Intervenir Para Que El Suministro De Raciones Se Haga En Las Mejores Condiciones Y, En Cuanto Sea Posible; Hacerse Directamente "cargo Del Mismo; Y Las Demás Que El Gobierno O Los Reglamentos Del Patronato Le Señalen
Decreto 1938 de 1953 · Por el cual se reorganiza el Patronato Nacional de Presos Antonio Nariño, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.