º La celebración de los contratos administrativos de prestación de servicios de que trata el Decreto extraordinario 150 de 1976, cualquiera sea su cuantía, requerirá autorización previa del Departamento Administrativo del Servicio Civil, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 168 del mencionado decreto.
Decreto 2552 de 1981 →Vigente
Artículo 5
La Celebración De Los Contratos Administrativos De Prestación De Servicios De Que Trata El Decreto Extraordinario 150 De 1976, Cualquiera Sea Su Cuantía, Requerirá Autorización Previa Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Sin Perjuicio De Lo Establecido Por El Artículo 168 Del Mencionado Decreto
Decreto 2552 de 1981 · Por el cual se congelan las Plantas de Personal de la Administración Pública Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 5º del decreto 2552 de 1981, quedará así) por decreto 2849/81 modificado por decreto 2849/81
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.