Micelio

Artículo 16

La Calificación Consiste En La Asignación Al Solicitante Del Puntaje, Índice O Coeficiente Que Resulte De Medir Su Capacidad Técnica, Operativa Y Financiera

Decreto 106 de 1977 · Por el cual se dictan normas sobre registro de proponentes, concursos de méritos y presentación conjunta de propuestas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La calificación consiste en la asignación al solicitante del puntaje, índice o coeficiente que resulte de medir su capacidad técnica, operativa y financiera. La capacidad técnica se determina con base en el personal al servicio del interesado, su preparación técnica y experiencia, y en la clase, calidad y magnitud de las obras y estudios ejecutados y en ejecución. La capacidad operativa depende del cumplimiento dado a convenios anteriores y del equipo que tenga a su disposición el contratista. La capacidad financiera se evalúa teniendo en cuenta los balances certificados.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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