Micelio

Artículo 10

Decreto 2414 de 1988 · Por el cual se reglamenta la Ley 41 de 1988 y parcialmente los Decretos extraordinarios 147 de 1976 y 728 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Superior podrá sesionar con cuatro de sus miembros y deberá reunirse por lo menos una vez al mes. Sus decisiones y conceptos deberán adoptarse por mayoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2414 de 1988