La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia conoce:
Del recurso extraordinario de casación.
De la acción de revisión cuando se trate de sentencias de segunda instancia proferidas por el Tribunal Superior Militar.
En única instancia y previa acusación del Fiscal General de la Nación, de los procesos penales que se adelanten contra los Generales, Almirantes, Mayores Generales, Vicealmirantes, Brigadieres Generales, Contralmirantes, contra los Magistrados del Tribunal Superior Militar y Fiscales ante esta Corporación por los hechos punibles que se les imputen.
En segunda instancia de los procesos que falle en primera el Tribunal Superior Militar.
De la consulta y de los recursos de apelación y de hecho en los procesos de que conocen en primera instancia tanto el Tribunal Superior Militar como los Fiscales ante esta corporación.