Artículo primero. Crease el Comité de Aguas del Departamento de la Guajira, integrado por las siguientes entidades públicas
Departamento Nacional de Planeación.
Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA.
Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras, HIMAT.
Instituto de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS.
Instituto de Fomento Municipal, INSFOPAL.
Aprovechamiento de Aguas para la Guajira, PROAGUAS.
Cada una de las entidades mencionadas designará un delegado permanente al Comité.