El artículo 283 del Decreto 1275 de 1970, quedará así: "Sobre las zonas que hayan sido objeto de una solicitud, propuesta, licencia, permiso, concesión o aporte, que por cualquier circunstancia queden libres, podrán formularse solicitudes o propuestas que las comprendan total o parcialmente una vez quede en firme el acto administrativo que haga cesar su vigencia".
Decreto 3050 de 1984 →Vigente
Artículo 29
Decreto 3050 de 1984 · Por el cual se reforma el Decreto 275 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.