Micelio

Artículo 33

Todos Los Empleados Públicos Destinatarios De Telegramas Libres De Porte, En Los Que A Su Juicio Haya Contravención De Alguna De Las Disposiciones Del Presente Decreto, Estarán En El Deber De Enviar Copia De Ellos Al Ministerio De Correos Y Telégrafos

Decreto 405 de 1949 · Por el cual se reglamenta la franquicia telegráfica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todos los empleados públicos destinatarios de telegramas libres de porte, en los que a su juicio haya contravención de alguna de las disposiciones del presente decreto, estarán en el deber de enviar copia de ellos al ministerio de correos y telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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