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Artículo 7

La Visa De Tránsito Ocasionará Un Derecho O Será Gratuita Según La Tarifa Especial Que Sobre Base De Reciprocidad Fije Para Cada País El Ministerio De Relaciones Exteriores Por Medio De Resolución

Decreto 2362 de 1944 · Sobre visas de tránsito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La visa de tránsito ocasionará un derecho o será gratuita según la tarifa especial que sobre base de reciprocidad fije para cada país el Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de Resolución.

Parágrafo

Cuando se ocasione un derecho por "visa de tránsito", éste se hará efectivo adhiriendo y anulando al pie de la visa otorgada las correspondientes estampillas de timbre nacional del Servicio Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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