Micelio

Artículo 22

Por La Naturaleza De La Entidad, Adscrita Al Ministerio De Defensa Nacional Y Por Los Fines Que Desarrolla Relacionados Con El Servicio Público De La Seguridad Nacional Sus Empleados Y Trabajadores No Pertenecen A La Carrera Administrativa Ni Podrán Sindicalizarse; No Obstante Lo Cual, En El Escogimiento De Los Candidatos Para Integrar Dicho Personal Prevalece El Sistema De Selección Por Méritos, Aptitudes E Integridad Moral

Decreto 2341 de 1971 · Por el cual se organiza la Defensa Civil

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 22. Por la naturaleza de la entidad, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional y por los fines que desarrolla relacionados con el servicio público de la seguridad nacional sus empleados y trabajadores no pertenecen a la Carrera Administrativa ni podrán sindicalizarse; no obstante lo cual, en el escogimiento de los candidatos para integrar dicho personal prevalece el sistema de selección por méritos, aptitudes e integridad moral. CAPITULO V. DISPOSICIONES VARIAS

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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