Las multas aplicadas como pena correccional por violaciones reglamentarias de este Decreto, que no puedan considerarse propiamente como fraude, se impondrán por los Recaudadores respectivos, sujetando el procedimiento al que señala el capítulo 7 ° de la Ley 4° de 1913. Mas, cuando el acto u omisión penado en forma correccional implique necesariamente la iniciación del procedimiento por fraude, el Recaudador o agente dará cuenta del hecho al respectivo funcionario de instrucción para los fines a que hubiere lugar.
Decreto 183 de 1919 →Vigente
Artículo 64
Las Multas Aplicadas Como Pena Correccional Por Violaciones Reglamentarias De Este Decreto, Que No Puedan Considerarse Propiamente Como Fraude, Se Impondrán Por Los Recaudadores Respectivos, Sujetando El Procedimiento Al Que Señala El Capítulo 7 ° De La Ley 4° De 1913
Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.