° El Director General de la Policía Nacional dispondrá, en materia operativa, del personal, armamento, equipos y demás recursos técnicos de los aludidos organismos, a través de los Comandos de Departamento de Policía y de Policía Metropolitana.
Decreto 677 de 1990 →Vigente
Artículo 2
El Director General De La Policía Nacional Dispondrá, En Materia Operativa, Del Personal, Armamento, Equipos Y Demás Recursos Técnicos De Los Aludidos Organismos, A Través De Los Comandos De Departamento De Policía Y De Policía Metropolitana
Decreto 677 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.