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Artículo 5

El Tabaco En Cualquier Forma Introducido Al Departamento Del Exterior, No Pagará Impuesto: Pero Sí Deberá Estar Provisto De La Guía Respectiva Expedida Por El Administrador De La Renta, Para Evitar El Fraude

Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El tabaco en cualquier forma introducido al Departamento del exterior, no pagará impuesto: pero sí deberá estar provisto de la guía respectiva expedida por el Administrador de la renta, para evitar el fraude.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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