Micelio

Artículo 8

El Personal Técnico Y De Administración Que Haya De Pagarse Con Los Fondos Precitados, Será Designado Por La Intendencia, Sometiendo A La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas Las Asignaciones Y Nombramientos Correspondientes

Decreto 2204 de 1947 · Por el cual se delega a la Intendencia Nacional de San Andrés la ejecución de obras portuarias

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El personal técnico y de administración que haya de pagarse con los fondos precitados, será designado por la Intendencia, sometiendo a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas las asignaciones y nombramientos correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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