º La calificación y clasificación en el registro de empresas concesionarias de espacios de televisión, serán determinadas mediante estudio previo del Comité de Calificación y Clasificación, el cual estará integrado de la siguiente manera
Seis (6) funcionarios del sector de las comunicaciones, entendiendo por tal el Ministerio de Comunicaciones y sus entidades adscritas o vinculadas, postulados por el Director del Instituto, cuyas funciones estarán relacionadas con las materias a calificar.
Un representante designado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión, INRAVISION, mientras subsista ésta, o en su defecto por el Consejo Nacional de Televisión una vez éste entre a operar.
Para la designación de los funcionarios de que trata el literal a) del presente artículo, el Director deberá obtener la aprobación de la Junta Directiva, mientras subsista, o del Consejo Nacional de Televisión.
El representante designado por la Junta Directiva o en su defecto por el Consejo Nacional de Televisión, podrá ser o no miembro de la Junta, o del Consejo respectivo, una vez entre a funcionar y actuará en calidad de veedor, gozando de voz, pero no de voto.