Micelio

Artículo 9

Los Programas De Doctorado Requieren Un Mínimo De 1

Decreto 3658 de 1981 · por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario 80 de 1980, en lo relativo a la Formación Avanzada o de Postgrado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los programas de doctorado requieren un mínimo de 1.600 Unidades de Labor Académica, dentro de las cuales se podrá dar crédito a las obtenidas previamente en un programa de Maestría. De las Unidades de Labor Académica establecidas, por lo menos el 40% estará dedicado a desarrollar actividades de investigación científica sobre temas directamente relacionados con la naturaleza del programa de doctorado. El estudiante deberá elaborar y sustentar un trabajo de investigación individual que constituya un aporte original a la ciencia o sus aplicaciones, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto extraordinario 80 de 1980, como requisito para optar el título de doctor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3658 de 1981