º. En los casos en que deban realizarse diligencias de inspección judicial en procesos por violaciones del Decreto 1188 de 1974 y demás disposiciones que lo adicionan y lo reforman, estas se adelantarán por juez comisionado en el lugar en que dichos elementos se encuentren o hayan sido destinados por la respectiva resolución del Gobernador, Intendente o Comisario o por el Consejo Nacional de Estupefacientes.
Artículo 9
En Los Casos En Que Deban Realizarse Diligencias De Inspección Judicial En Procesos Por Violaciones Del Decreto 1188 De 1974 Y Demás Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, Estas Se Adelantarán Por Juez Comisionado En El Lugar En Que Dichos Elementos Se Encuentren O Hayan Sido Destinados Por La Respectiva Resolución Del Gobernador, Intendente O Comisario O Por El Consejo Nacional De Estupefacientes
Decreto 402 de 1979 · Por el cual se adiciona, aclara y modifica el Decreto 2144 de 1978 y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.