Micelio

Artículo 48

Las Cuentas De Hospitalización Deben Llevar El Nombre Del Enfermo, Numero De Días Que Permaneció Hospitalizado, Y En Frente De Cada Nombre, Un Número Que Corresponda Al Número De Meses Que El Enfermo Esta Hospitalizado, Cuando Sea Mayor De Un Mes

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cuentas de hospitalización deben llevar el nombre del enfermo, numero de días que permaneció hospitalizado, y en frente de cada nombre, un número que corresponda al número de meses que el enfermo esta hospitalizado, cuando sea mayor de un mes. Depósito de drogas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1939