Los comercios habilitados deben cumplir con las siguientes condiciones:
Estar inscritos en el Registro Único Tributario -RUT. En este registro deben aparecer las responsabilidades del Impuesto sobre las Ventas (IVA), y la de facturador electrónico.
Tener vigente una resolución de numeración de factura electrónica con la numeración debidamente habilitada.
Disponer del sistema para facturar electrónicamente.
Expedir factura de venta electrónica, en los términos señalados en la normatividad vigente sobre la materia.
(Artículo 6o, Resolución 489 de 2022)