Los documentos de caución que otorguen los Administradores Subalternos de Correos se enviarán a la Oficina Superior respectiva; las escrituras de caución que otorguen los Administradores Principales o Agentes Postales se enviarán a la Tesorería de la Administración General; las escrituras que otorguen el Agente de Ejecuciones Fiscales, el Administrador de Especies Postales y el Jefe de la Oficina Central de Giros Postales, se custodiarán también en la Tesorería de la Administración General, y las escrituras de caución del Tesorero y el Cajero se enviarán a la Corte de Cuentas. Inspección del Servicio de correos-Visitas
Artículo 30
Los Documentos De Caución Que Otorguen Los Administradores Subalternos De Correos Se Enviarán A La Oficina Superior Respectiva; Las Escrituras De Caución Que Otorguen Los Administradores Principales O Agentes Postales Se Enviarán A La Tesorería De La Administración General; Las Escrituras Que Otorguen El Agente De Ejecuciones Fiscales, El Administrador De Especies Postales Y El Jefe De La Oficina Central De Giros Postales, Se Custodiarán También En La Tesorería De La Administración General, Y Las Escrituras De Caución Del Tesorero Y El Cajero Se Enviarán A La Corte De Cuentas
Decreto 259 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1916 y se organiza el servicio de Contabilidad en el ramo de Correos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.