Micelio

Artículo 5

Las Estampillas De Habilitación Tendrán La Forma De Un Triángulo Equilátero, De Cuarenta Y Tres Milímetros Por Lado; Las Inscripciones De Ellas Serán: En El Centro El Escudo De Armas De La República, Sobre Ese Escudo El Número 10, Debajo Del Mismo, En Renglón Paralelo, Al Lado Considerado Como Base: 1915- Diez Centavos -1916; En Renglón Paralelo, Al Lado Izquierdo Del Triángulo: Habilitación ; Y En Renglón Paralelo, Al Lado Derecho Del Mismo: República De Colombia

Decreto 873 de 1914 · Por el cual se determinan las dimensiones, las inscripciones, la forma, el valor y los demás requisitos del papel sellado y las estampillas de timbre nacional para el bienio de 1915 y 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las estampillas de habilitación tendrán la forma de un triángulo equilátero, de cuarenta y tres milímetros por lado; las inscripciones de ellas serán: en el centro el escudo de armas de la República, sobre ese escudo el número 10, debajo del mismo, en renglón paralelo, al lado considerado como base: 1915- Diez centavos -1916; en renglón paralelo, al lado izquierdo del triángulo: Habilitación ; y en renglón paralelo, al lado derecho del mismo: República de Colombia. Estas estampillas se imprimirán en papel amarillo y con tinta roja. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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