Cuando el concepto al que alude el artículo anterior, no fuere favorable, el Consejo Superior de la Carrera resolverá discrecionalmente sobre la inscripción, la prórroga del período de prueba, o el retiro del servicio, teniendo como base los elementos de juicio que reposen en el expediente, y pudiendo convocar si así lo considerare conveniente, una audiencia en la que participen las partes, o sus representantes.
Artículo 77
Cuando El Concepto Al Que Alude El Artículo Anterior, No Fuere Favorable, El Consejo Superior De La Carrera Resolverá Discrecionalmente Sobre La Inscripción, La Prórroga Del Período De Prueba, O El Retiro Del Servicio, Teniendo Como Base Los Elementos De Juicio Que Reposen En El Expediente, Y Pudiendo Convocar Si Así Lo Considerare Conveniente, Una Audiencia En La Que Participen Las Partes, O Sus Representantes
Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.