º El Juzgado de Instrucción Criminal referido en los artículos anteriores quedará adscrito a la Dirección Seccional de Instrucción Criminal de Montería, para los efectos previstos en los Decretos 2267 de 1969 y 533 de 1971 y demás disposiciones que los adicionen o reformen.
Decreto 2227 de 1988 →Vigente
Artículo 3
º El Juzgado De Instrucción Criminal Referido En Los Artículos Anteriores Quedará Adscrito A La Dirección Seccional De Instrucción Criminal De Montería, Para Los Efectos Previstos En Los Decretos 2267 De 1969 Y 533 De 1971 Y Demás Disposiciones Que Los Adicionen O Reformen
Decreto 2227 de 1988 · Por el cual se crea un Juzgado de Instrucción Criminal y se determina su planta de personal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.