Como consecuencia de las disposiciones que se dejan consignadas, las cuentas mensuales de los empleados de que se trata deben contener los siguientes documentos: 1º Nota remisoria. 2º Inventario de la cuenta, por duplicado. 3º Comprobantes de ingresos, autorizados por los consignatarios. 4º Comprobantes de egresos (nóminas, cuentas de cobro y recibos de remesas). 5º Estado de caja y copia de la diligencia de visita. 6º Relación de recaudos. 7º Copia de las liquidaciones y de los avalúos; y 8º Copia de las operaciones descritas en el curso del mes, en el libro de cargo y data, los Subsíndicos y Agentes Municipales; y copia de las operaciones descritas en el libro general de cuenta y razón, los Síndicos; estos últimos enviarán además, el balance de la cuenta.
Los Síndicos al rendir la cuenta correspondiente al año fiscal, enviarán el libro general como lo dispone el artículo 403 del Decreto número 1036 de 1904.