° Los "Pagarés Semestrales de Emergencia Económica -PAS-" emisión de 1975, se emitirán al portador, con un plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su colocación, no devengarán intereses nominales y tendrán las siguientes denominaciones para efectos de su colocación y amortización: Número de Títulos Valor nominal Valor de la emisión 1 a) 900.00 $ 900.00 199.642 b) 1.050.00 209.624.100.00 150.000 c) 5.250.00 787.500.000.00 150.000 d) 10.500.00 1.575.000.000.00 8.150 e) 52.500.00 427.875.000.00 507.793 3.000.000.000.00 Valor de colocación Valor de amortización Valor de retención en la fuente a) 792.85 a) 857.14 a) 42.88 b) 925.00 b) 1.000.00 b) 50.00 c) 4.625.00 c) 5.000.00 c) 250.00 d) 9.250.00 d) 10.000.00 d) 500.00 e) 46.250.00 e) 50.000.00 e) 2.500.00
Artículo 2
Los "pagarés Semestrales De Emergencia Económica -Pas-" Emisión De 1975, Se Emitirán Al Portador, Con Un Plazo De Seis (6) Meses Contados A Partir De La Fecha De Su Colocación, No Devengarán Intereses Nominales Y Tendrán Las Siguientes Denominaciones Para Efectos De Su Colocación Y Amortización: Número De Títulos Valor Nominal Valor De La Emisión 1 A) 900
Decreto 293 de 1975 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de los "pagarés semestrales de emergencia económica, pas", correspondientes al año de 19
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.