Micelio

Artículo 3

Las Inversiones En Títulos De Deuda Pública Serán Las Que Determine La Tesorería General De La República, Conforme Al Artículo 4o

Decreto 1693 de 1991 · por el cual se reglamenta una inversión para los organismos y entidades públicas del orden nacional en títulos de deuda pública y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las inversiones en títulos de deuda pública serán las que determine la Tesorería General de la República, conforme al artículo 4o. del Decreto 1064 de 1991.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1693 de 1991