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Artículo 5

Son Requisitos Para Ejercer Un Cargo En La Contraloría General De La República, Los Siguientes: 1

Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son requisitos para ejercer un cargo en la Contraloría General de la República, los siguientes

1.

Ser colombiano por nacimiento o adopción.

2.

Tener la edad adecuada conforme a los reglamentos del presente Estatuto.

3.

Poseer certificados expedidos por la Contraloría General de la República, en que conste que la persona designada para ejercer el empleo no figura en el registro de sindicados por delitos contra la Administración Pública, ni que tiene juicios de cuentas pendientes, en saldos contables a su cargo, ni es deudor por concepto de multas.

4.

No haber sido condenado a pena principal de presidio o prisión, salvo que la condena haya sido motivada por un hecho culposo, en delitos que no sean contra la Administración Pública.

5.

No haber sido retirado del servicio por destitución, en cuyo caso en el acto administrativo que imponga tal sanción, se determinará el tiempo de la inhabilidad, que no podrá ser mayor de un año.

6.

Comprobar que se poseen las calidades exigidas por la ley para su desempeño.

7.

Aportar certificado de aptitud física para el mismo, expedido por la entidad de seguridad social a la cual se halle afiliada la Contraloría.

8.

Hallarse a paz y salvo por todo concepto con el Tesoro Nacional.

9.

Los varones haber definido su situación militar.

10.

Demostrar idoneidad en los concursos, si se trata de un cargo de carrera, según lo disponga este Decreto.

11.

Ser nombrado y prestar juramento de sostener y defender la Constitución y las Leyes, y de cumplir los deberes del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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