º Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo, el territorio nacional, el Fondo Especial de la Secretaría de Integración Popular del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, creado por el artículo 20 del Decreto - ley 1543 de 1975, estará dotado de personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y, en consecuencia, actuará bajo las reglas legales establecidas para los establecimientos públicos.
Artículo 1
º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo, El Territorio Nacional, El Fondo Especial De La Secretaría De Integración Popular Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Creado Por El Artículo 20 Del Decreto - Ley 1543 De 1975, Estará Dotado De Personería Jurídica, Patrimonio Independiente Y Autonomía Administrativa Y, En Consecuencia, Actuará Bajo Las Reglas Legales Establecidas Para Los Establecimientos Públicos
Decreto 2277 de 1988 · Por el cual se dictan medidas en materia de reconciliación, normalización y rehabilitación, conducentes al restablecimiento del orden público
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.