º El acuerdo de obligaciones será presentado según los procedimientos establecidos en el artículo 6 del presente Decreto, por Ministerio de Hacienda y Crédito Público al Consejo de Ministros. Dicho acuerdo tendrá vigencia de cuatro meses.
Decreto 1770 de 1975 →Vigente
Artículo 3
El Acuerdo De Obligaciones Será Presentado Según Los Procedimientos Establecidos En El Artículo 6 Del Presente Decreto, Por Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Al Consejo De Ministros
Decreto 1770 de 1975 · Por la cual se reglamenta parcialmente el decreto 294 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.