Micelio

Artículo 52

Ley 49 de 1993 · por la cual se establece el régimen disciplinario en el deporte.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solamente el Ministro de Educación Nacional, a instancia del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes) o del Comité Olímpico Colombiano, previo concepto favorable del Tribunal Nacional del Deporte, podrá conceder indulto por sanciones de carácter deportivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-226/97ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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