Articulo 43. Para la elección de los representantes a que se refiere el artículo anterior, en la primera Junta Directiva de la Caja serán entidades representativas de los patronos, la Asociación Nacional de Industriales (ANDI),la Federación Nacional de Comerciantes(FENALCO), y la Asociación Colombiana de pequeños Industriales (ACOPI);de los trabajadores, la Unión de Trabajadores del Valle(ULTRAVAL), y del Cuerpo Médico, el Colegio Médico del Valle. Las tres organizaciones patronales nombradas harán conjuntamente una terna de principales y suplentes, e igual cosa hará la Unión de Trabajadores del Valle. Las ternas deberán hacerse llegar al Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, dentro de los quince días siguientes a la fecha del Decreto aprobatorio de este Acuerdo, y de ellas el Consejo escogerá los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva de la Caja del Valle, que han de representar a los patronos, los trabajadores y el Cuerpo Medico.
En caso de que las entidades nombradas en el presente Artículo no envíen las ternas a que se hace referencia dentro del término fijado, el Consejo Directivo del Instituto designara como representante del respectivo gremio en la Junta Directiva de la Caja a la del personal que reúna el requisito de estar afiliada a una cualquiera de las entidades con derecho a postular, y a un suplente personal que llene la misma condición.