Micelio

Artículo 3

Sustitúyase El Artículo 8º Del Decreto 2500 De 1985 Por El Siguiente: "las Importaciones De Los Productos Antes Citados, Deberán Tramitarse Usando La Posición Naladi Y La Descripción Indicada Para Cada Producto Y Además El Número Y Fecha Del Presente Decreto"

Decreto 732 de 1990 · Por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI [Productos provenientes de El Salvador

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Sustitúyase el artículo 8º del Decreto 2500 de 1985 por el siguiente: "Las importaciones de los productos antes citados, deberán tramitarse usando la posición NALADI y la descripción indicada para cada producto y además el número y fecha del presente Decreto".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 732 de 1990