Micelio

Artículo 7

Desde El Día Jueves, 11 De Los Corrientes, Quedan Absolutamente Prohibidas En Todo El Territorio De La República Las Conferencias Y Manifestaciones Públicas De Carácter Político

Decreto 873 de 1933 · Por el cual se dictan algunas disposiciones electorales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° Desde el día jueves, 11 de los corrientes, quedan absolutamente prohibidas en todo el territorio de la República las conferencias y manifestaciones públicas de carácter político. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 873 de 1933