Micelio

Artículo 51

Decreto 265 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Decreto 80 de 1987, en lo relacionado con el servicio público de transporte en vehículos tipo taxi y se deroga el Decreto número 2472 de 1987

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las solicitudes de empresas de personas Jurídicas o naturales para la expedición o renovación de licencias de funcionamiento radicadas con anterioridad a la vigencia del presente Decreto, se decidir n por las condiciones y requisitos fijados en la Resolución 240 de 1971 y el Acuerdo 039 y Resolución 773 de 1973 respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 265 de 1988