En el mismo dia i a la misma hora. de las doce, reunidos en el local de la Gobernacion el Gobernador de la provincia, el Administrador principal de correos en las provincias de fuera de la capital, i en esta el Tesorero jeneral i el secretario de la Gobernacion, se abrirán a su presencia todas las ofertas que se hayan pre- sentado, se leerán en público por el secretario i se aceptarán por el Gobernador i Administrador de correos o Tesorero jeneral, respectivamente, las mas favorables, estendiéndose con claridad la dilijencia en que consten todas las ofertas, i aquella o aquellas que se han aceptado.
Decreto 185112011 de 1851 →Vigente
Artículo 16
Decreto 185112011 de 1851 · Sobre vales i fondos de manumisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.