Micelio

Artículo 16

Decreto 185112011 de 1851 · Sobre vales i fondos de manumisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el mismo dia i a la misma hora. de las doce, reunidos en el local de la Gobernacion el Gobernador de la provincia, el Administrador principal de correos en las provincias de fuera de la capital, i en esta el Tesorero jeneral i el secretario de la Gobernacion, se abrirán a su presencia todas las ofertas que se hayan pre- sentado, se leerán en público por el secretario i se aceptarán por el Gobernador i Administrador de correos o Tesorero jeneral, respectivamente, las mas favorables, estendiéndose con claridad la dilijencia en que consten todas las ofertas, i aquella o aquellas que se han aceptado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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