Micelio

Artículo 6

La Utilización De Las Bandas De Frecuencia Y Los Tipos De Emisión Para La Prestación Del Servicio Especial De Radioaficionados, Determinadas En Este Capítulo, Estarán Restringidas Para Los Operadores Radioaficionados De Segunda Categoría Quienes Sólo Podrán Operar De Conformidad Con Las Normas Establecidas En El Artículo 15 De Este Decreto

Decreto 2617 de 1991 · por el cual se reglamenta un servicio especial de telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La utilización de las bandas de frecuencia y los tipos de emisión para la prestación del servicio especial de radioaficionados, determinadas en este capítulo, estarán restringidas para los operadores radioaficionados de segunda categoría quienes sólo podrán operar de conformidad con las normas establecidas en el artículo 15 de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2617 de 1991