Micelio

Artículo 9

Trámite Especial Para La Entidad Pensional Del Congreso

Decreto 1359 de 1993 · por el cual se establece un régimen especial de pensiones, así como de reajustes y sustituciones de las mismas, aplicable a los Senadores y Representantes a la Cámara.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trámite especial para la Entidad Pensional del Congreso. Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo precedente, la Entidad Pensional del Congreso solicitará a la entidad que originariamente hubiese decretado la pensión de jubilación, el envío del expediente respectivo, para lo cual ésta dispondrá de un término perentorio que no podrá exceder de ocho (8) días hábiles. Igualmente dentro de dicho término, la entidad que originariamente hubiere decretado la pensión, deberá transferir a la Entidad Pensional del Congreso los recursos constitutivos de las reservas correspondientes a la cuota parte del respectivo pensionado. CAPITULO III Régimen de la Pensión de Invalidez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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