Micelio

Artículo 13

Riesgo De Produccion

Decreto 958 de 1998 · por el cual se aprueba el esquema y demás condiciones financieras de los pagos que la Empresa Colombiana de Gas -Ecogas, deberá hacer a la Empresa Colombiana de Pertóleos-Ecopetrol, en desarrollo de la escisión ordenada por la Ley 401 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Riesgo de produccion. En el evento de que en cualquier trimestre durante la vigencia del Esquema de Pagos establecido en este decreto, se presente una disminución o un aumento de más del treinta por ciento (30%) en la producción de gas natural respecto de los pronósticos que se señalan en el

Parágrafo 1

del presente artículo, y que como consecuencia de ello se afecten negativa o positivamente los ingresos de Ecogas, las dos empresas de común acuerdo determinarán el procedimiento a seguir para la redistribución de los pagos.

Parágrafo 1

Pronóstico de produccion de gas natural Producción 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 Giajira 0.0 577.1 372.8 331.3 394.0 445.0 440.0 477.0 441.0 442.0 450.0 450.0 450.0 390.0 400.0 375.0 404.0 363.0 337.0 315.0 315.0 Otros CostaAtlántica 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 Guepajé 0.0 45.0 45.0 45.0 45.0 45.0 40.0 38.0 35.0 30.0 25.0 20.0 15.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 Magdalena Medio 0.0 95.0 95.0 95.0 95.0 109.0 95.0 95.0 126.5 170.9 174.1 284.8 245.5 331.4 358.6 280.1 232.2 206.0 203.0 201.2 201.2 Otros Mag.Medio 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 Santander 0.0 75.0 71.0 65.0 64.0 60.0 52.6 46.7 41.0 36.5 32.0 27.0 24.0 22.0 17.0 16.0 14.0 14.0 12.0 9.0 9.0 Huila 0.0 19.0 15.0 15.0 13.0 7.0 3.0 0.9 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 Llanos 0.0 9.0 9.0. 9.0 7.0 5.0 4.0 3.0 3.0 20 20 20 20 1.0 1.0 1.0 1.0 1.0 1.0 0.0 0.0 Futuros Piedemonte 0.0 0.0 0.0 0.0 50.0 0.0 104.3 118.9 134.6 138.0 140.6 140.2 159.5 161.0 160.7 160.7 158.7 136.6 136.6 137.6 137.6 Piedemonte 0.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 20.0 23.2 29.7 30.0 33.0 33.0 35.0 35.0 35.0 35.0 35.0 Total – 840.09 627.84 580.27 688.04 690.99 758.87 799.45 801.12 839.41 843.72 947.15 925.68 935.38 970.31 865.83 844.90 755.52 724.51 697.77 697.77

Parágrafo 2

El riesgo de demanda será asumido por Ecogas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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