Adiciónase el artículo 618-1 del Estatuto Tributario con el siguiente parágrafo transitorio:
. Hasta el 31 de diciembre del año 2002, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá realizar rifas, sorteos o concursos dirigidos a los responsables del régimen simplificado, que durante los años 2001 y 2002 cumplan con las obligaciones legalmente previstas para dicho régimen.
El procedimiento para la realización de estos concursos, rifas o sorteos se sujetará a lo previsto en el presente artículo.