º las importaciones de los productos antes citados deberán tramitarse usando la posición Naladi y la descripción indicada para cada producto, citando además el número y fecha del presente Decreto.
Decreto 466 de 1988 →Vigente
Artículo 4
º Las Importaciones De Los Productos Antes Citados Deberán Tramitarse Usando La Posición Naladi Y La Descripción Indicada Para Cada Producto, Citando Además El Número Y Fecha Del Presente Decreto
Decreto 466 de 1988 · Por el cual se da cumplimiento a los compromisos contraídos por el Colombiano en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración Aladi
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.