Micelio

Artículo 28

Decreto 2617 de 1991 · por el cual se reglamenta un servicio especial de telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los radioaficionados están obligados a comunicar por escrito al Ministerio de Comunicaciones toda irregularidad o infracción que se esté cometiendo en cualquier banda con el objeto de que éste pueda proceder a su criterio conforme a las normas legales sobre la materia.

Parágrafo

En la comunicación deberá explicar claramente, los siguientes detalles: Fecha, hora, lugar identificación de la estación infractora, clase de Infracción y los demás que se consideren necesarios para la ubicación del infractor. Además se identificará por separado el distintivo de llamada del operador radioaficionado. De ser posible, se adjuntará también la grabación correspondiente. CAPITULO V. Asociaciones de radioaficionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2617 de 1991