Micelio

Artículo 12

Los Cargos De Conductor Mecánico, A Quienes Se Les Reconoce Horas Extras, Tendrán Derecho A Un Máximo De Ochenta (80) Horas Mensuales, En Los Mismos Términos Del Parágrafo 2º Del Artículo 1º Del Decreto 1538 De 1997

Decreto 2727 de 2000 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los cargos de Conductor Mecánico, a quienes se les reconoce horas extras, tendrán derecho a un máximo de ochenta (80) horas mensuales, en los mismos términos del

Parágrafo 2

del artículo 1º del Decreto 1538 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2727 de 2000